Cómo funciona una tarjeta revolving

En días recientes, el Tribunal Supremo señaló los abusos de la revolving cuando la tarjeta de un usuario alcanzó el 27 % anual. Esto cuando el tipo de interés medio aplicable a este tipo de tarjetas debe rondar el 20 %. Si tienes una tarjeta de este tipo, que te está generando una deuda creciente difícil de liquidar, esto te interesará.

Su nombre es porque parte del crédito adeudado se reembolsa al banco cada mes al pagar la cuota mensual está de nuevo disponible. Es un crédito que va renovarse de manera automática a su vencimiento mensual, según el Banco de España. La Ley de Usura (1908) aún actual, prohíbe prestar dinero con intereses “leoninos”, que aplica al elevado TAE de esta tarjeta.

La diferencia de una tarjeta revolving a una de crédito convencional, es aplazando el pago del capital dispuesto en cuotas mensuales. En una tarjeta de crédito, si no devuelves el dinero del mes anterior, hay una deuda sobre la que se aplican intereses. Con la revolving, no se te es permitido liquides la deuda de una sola vez el siguiente mes. Así que sin importar que pagues tus cuotas correspondientes, solo disminuyen muy poco. Y esto ocurre además porque los intereses gravados de dicha deuda se elevan, hasta 27 %.

Cómo reclamar los abusos

Puedes elegir el tipo de cuota para la devolución mensual (cantidad fija o porcentaje del crédito utilizado), pero hay más. Si es la cuota es muy baja, tu devolución mensual quizá no cubra ni siquiera los intereses generados, así que crecerán. Si tu deuda es de mil euros y con una tasa anual equivalente de 25 %, por ejemplo, ¿sabes cuánto tardarás en extinguirla? O si solo pagas 25 euros mensuales, lo harás en cerca de 7 años, además de más de mil euros de intereses.

Intereses elevados, técnicas de comercialización agresivas, falta de capacidad de pago del prestatario, ha sido tomado en cuenta por el TS. Esto favorece el sobreendeudamiento y ha llevado a que los tribunales puedan declarar nulos estos créditos. Por tanto, si es tu caso, tienes derecho a reclamar, contando con documentación que sirva de prueba. Si necesitas ayuda jurídica al respecto, contáctanos: somos Servicios Jurídicos Valencia y somos abogados especialistas en el tema: primera consulta gratis. Llámanos al 695 197 766 o escríbenos a franciscoselles@icav.es. O rellena el formulario de nuestra web. Estamos en Plaza del Ayuntamiento No. 12-6ª, Valencia.